DeOchoNews/Redacción
Los integrantes del Consejo del Poder Judicial de Guanajuato acordaron suspender las labores de los órganos jurisdiccionales desde el 21 de marzo y hasta el 19 de abril para evitar la propagación del coronavirus.
Los juzgados penales, civiles y mercantiles estarán parados durante casi un mes, lo mismo los tribunales colegiados y las salas del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato.
Así lo dio a conocer el Poder Judicial a través de un comunicado la tarde de este jueves.
Como consecuencia de la suspensión no correrán plazos y términos procesales. Todos los juicios estarán detenidos en los juzgados y en el Poder Judicial del Estado de Guanajuato.
El magistrado, Héctor Tinajero, presidente del Supremo Tribunal de Justicia, apoyó la decisión para evitar la propagación del coronavirus, en base a las recomendaciones de la Organización Mundial de Salud, la Secretaría de Salud Federal y la Secretaría de Salud del Estado de Guanajuato.
El Consejo del Poder Judicial dio a conocer el acuerdo mediante el cual se decretó la suspensión laboral de los tribunales. Los únicos tribunales que estarán laborando son los órganos jurisdiccionales que se encuentren de guardia, exclusivamente para la atención de asuntos urgentes.
Las personas adultas mayores de 60 años quedarán exentas de las guardias, así como las mujeres embarazadas o en lactancia, personas con diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodeficiencia.
El Supremo Tribunal de Justicia del Estado únicamente atenderá asuntos considerados como urgentes.
El Poder Judicial dio a conocer una serie de medidas que se tomarán en Juzgados Regionales que operan el Sistema Penal Acusatorio, en los sistemas penales Acusatorio y Oral, en el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, así como en las salas penales, unitarias y colegiadas del Supremo Tribunal.
El Tribunal estableció en el acuerdo general que deberán reprogramarse las audiencias de trámite no urgentes a partir del 20 de abril del 2020. Y también se aclara que son impostergables las determinaciones y audiencias de carácter urgente.