Resuelve Tribunal Electoral juicios de Morena
La sesión pública de este martes se realizó vía zoom
En sesión pública de este martes, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), un Recurso de Revisión y sus acumulados; así como seis Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
Esto dice la resolución:
«El Recurso de revisión, TEEG-REV-22/2021 y sus acumulados TEEG-REV-24/2021, TEEG-REV-25/2021, TEEG-REV-26/2021, TEEG-REV-27/2021, TEEG-REV-28/2021, TEEG-REV-29/2021, TEEG-REV-30/2021, TEGG-REV-31/2021 y TEEG-REV-32/2021, presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de los acuerdos CGIEEG/104/2021 y CGIEEG/124/2021 en los que respectivamente, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) requirió al partido político MORENA para que cumpliera con el principio de paridad de género y otorgó el registro de candidaturas a integrar diversos ayuntamientos en el Estado de Guanajuato para el proceso electoral 2020-2021.
Las personas integrantes del Pleno confirmaron el acuerdo impugnado en razón de que los agravios planteados resultaron infundados, inoperantes e insuficientes.
El juicio ciudadano TEEG-JPDC-140/2021, fue interpuesto por María Rosaura Juárez Pérez en contra de la resolución emitida en el expediente CNHJ-GTO-1012/2021 dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido político MORENA el 21 de abril del año en curso.
El Pleno de este Tribunal revocó la resolución impugnada ya que la responsable indebidamente determinó el desechamiento del medio de impugnación intrapartidario, al establecer erróneamente que la materia de la impugnación versaba sobre la verificación del cumplimiento a las medidas emitidas por el Instituto Nacional Electoral (INE), y que por consecuencia, no era la autoridad encargada de hacerlo; además, la resolución dictada resulta incongruente pues no se ocupa de analizar la controversia sometida a su conocimiento, sino que estableció como materia de la impugnación, una distinta a la formulada por la inconforme, y sobre ella, determinó su improcedencia.
El juicio ciudadano en línea TEEG-JPDC-146/2021, fue interpuesto por Heriberta García Pérez en contra de la resolución emitida en el expediente CNHJ-GTO-1086/2021 dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA el 24 de abril de 2021.
Las personas integrantes del Pleno revocaron la resolución impugnada puesto en los mismos términos que la resolución anterior.
El juicio ciudadano TEEG-JPDC-157/2021, fue promovido por Nelsy Karenia Godínes Ayala, en contra del acuerdo de improcedencia emitido en el expediente CNHJ-GTO-1227/2021 dictado por la Comisión de Honestidad y Justicia de MORENA el 30 de abril del presente año.
Para las personas que integra el Pleno, se consideró revocar el acto impugnado, ya que indebidamente se declaró la improcedencia del medio intrapartidario interpuesto pues la citada Comisión, interpretó erróneamente el contenido del escrito de queja promovido.
El juicio ciudadano TEEG-JPDC-171/2021, fue interpuesto por Paula Sánchez Martínez en contra de la resolución emitida en el expediente CNHJ-GTO-722/2021 dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, el 6 de mayo de 2021.
El Pleno de este Tribunal revocó el acuerdo impugnado ya que la responsable indebidamente determinó sobreseer el medio de impugnación intrapartidario.
El juicio ciudadano TEEG-JPDC-174/2021, lo interpuso Juana Angélica Luna en contra de la resolución emitida en el expediente CNHJ-GTO-1509/2021 dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA el 8 de mayo de 2021.
Las personas integrantes del Pleno revocaron la resolución impugnada, ya que la responsable indebidamente declaró la improcedencia del medio de impugnación intrapartidario, al computar erróneamente el término para verificar si éste se había presentado en tiempo.
El juicio ciudadano TEEG-JPDC-130/2021, fue promovido por la Raúl Luna Pavón en contra del acuerdo ODMC-CMGU-003/2021, emitido por el Órgano de despacho de medidas cautelares del Consejo Municipal Electoral de Guanajuato, del Instituto Electoral local, que declaró procedente la adopción de la medida cautelar consistente en el retiro de la propaganda electoral fijada en equipamiento urbano y los oficios CMGU/096/2021 y CMGU/098/20021, derivados del acuerdo controvertido.
El Pleno de este organismo jurisdiccional, confirmó el acuerdo y oficios impugnados, dado que se estimaron infundados los agravios».
LT