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Resuelve Tribunal Electoral juicios de Morena

La sesión pública de este domingo se llevó a cabo de manera virtual

En sesión pública de este domingo 9 de mayo, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral
de Guanajuato (TEEG) resolvió tres Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

Esto dice la resolución:

«El juicio ciudadano TEEG-JPDC-135/2021 y su acumulado TEEG-JPDC-163/2021 y TEEG-JPDC-164/2021, el primero, promovido por Luis Carlos Manzano Guerrero y el segundo, por Irene Amaranta Sotelo González, en la que controvierten la resolución dictada el 17 de abril del año en curso por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido político MORENA en el expediente CNHJ-GTO-728/2021.

Del análisis realizado por las personas integrantes del Pleno se determinó que, en lo que respecta al juicio promovido por Luis Carlos Manzano Guerrero resultó fundado el agravio relativo a que la Comisión de Justicia omitió emplazarlo personalmente al procedimiento en su carácter de tercero interesado, con ello, se evitó que el actor pudiera comparecer a realizar alegaciones y ofrecer pruebas vulnerando su garantía de audiencia y su derecho a una adecuada defensa.

Por otra parte, quedó sin materia el juicio para la protección de los derechos político-electorales promovido por Irene Amaranta Sotelo González.

En consecuencia, el Pleno del Tribunal revocó la resolución impugnada y se vinculó a la comisión intrapartidaria mencionada, a fin de que, de manera inmediata, lleve a cabo la reposición del procedimiento, emplace legalmente al tercero interesado y dicte una nueva resolución en la que atienda a fondo las cuestiones litigiosas planteadas.


El juicio ciudadano TEEG-JPDC-164/2021, fue promovido por Irene Amaranta Sotelo González, en la que controvierte la resolución dictada el 24 de abril del año en curso por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido MORENA en el expediente CNHJ-GTO-1089/2021.

Del estudio realizado por las personas integrantes de este Pleno, se advirtió que no existe constancia en el expediente que apoye la determinación en que se sustentó la comisión responsable para desechar por extemporáneo el medio de impugnación intrapartidario.

Por lo anterior, el Pleno revocó la resolución impugnada y se ordenó al órgano de justicia responsable que, de no encontrar actualizada alguna otra causal de improcedencia, dentro del plazo de 24 horas siguientes a la notificación de la resolución, admita la demanda y dentro de las 48 siguientes, resuelva lo que conforme a derecho corresponda.


El juicio ciudadano TEEG-JPDC-162/2021, fue promovido por Mauricio Rafael Ruiz Martínez, militante del partido político MORENA en contra de la resolución emitida el 26 de marzo del año en curso, por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de dicho partido político en el expediente CNHJ-GTO-156/2021.

Para las personas que integran el Pleno, la comisión responsable se pronunció en sentido distinto respecto al mismo tema, concretamente en cuanto a la convocatoria impugnada originariamente, mas no detuvo su estudio ahí, sino que continuó analizando de fondo los agravios y los calificó de infundados e inoperantes; a la vez, dejó de estudiar y pronunciarse sobre diversos reclamos del actor; y finalmente fue indebido concluir falta de interés jurídico por parte del actor.

En consecuencia, el Pleno del Tribunal revocó la resolución impugnada y ordenó a la comisión intrapartidaria señalada, emitir una nueva resolución en la que se dé respuesta completa y puntual a todos y cada uno de los planteamientos hechos en la demanda originaria en un plazo máximo de 48 horas contadas a partir de la notificación de la sentencia».

LT

 

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