Fuerza por México presentó planillas incompletas: Tribunal Electoral
El Partido Verde denunció ante el Tribunal Electoral que Fuerza por México no postuló el total de candidaturas en las planillas de Romita y Guanajuato
Este martes 4 de mayo, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió dos Recursos de Revisión, durante la sesión pública vía zoom llevada a cabo este día.
El Partido Verde Ecologista de México (PVEM), denunció ante el Tribunal Electoral, que el Partido Fuerza por México no postuló el total de candidaturas a integrar las planillas de Romita y Guanajuato.
Esto dice la resolución:
«El Recurso de revisión TEEG-REV-19/2021, fue promovido por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en contra del acuerdo CGIEEG/108/2021 mediante el cual el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó al Partido Fuerza por México, entre otras, el registro de candidaturas de la planilla postulada al ayuntamiento de Romita, Guanajuato, ya que a su decir, no se cumplieron los requisitos establecidos en la normativa electoral.
Del análisis efectuado por las personas integrantes del este Pleno, se constató que efectivamente, el Partido Fuerza por México no postuló la totalidad de candidaturas que deben integrar la planilla de Romita, Guanajuato, específicamente al cargo de las regidurías 6 suplente, 7 y 8 propietarias y suplentes, lo cual, se pudo advertir que tal planilla se encontraba incompleta.
Por lo anterior, se consideró fundamental que el Instituto responsable requiriera al Partido Fuerza por México para subsanar la omisión de presentar fórmulas completas en el número que corresponde al ayuntamiento de referencia es decir de ocho fórmulas de candidaturas a regidurías propietarias y ocho suplentes.
En atención a lo anterior, el Pleno del Tribunal modificó el acuerdo impugnado, para que se requiera al Partido Fuerza por México a efecto de que subsane la irregularidad advertida y en su caso, emita un nuevo pronunciamiento sobre el registro de la planilla aludida, debiendo observarse el principio de paridad de género.
El Recurso de revisión TEEG-REV-21/2021, fue promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del acuerdo CGIEEG/103/2021, emitido por el Consejo General del IEEG, por el que se otorgó el registro de planillas de candidaturas postuladas por el partido Movimiento Ciudadano, para la renovación de diversos ayuntamientos en el estado, en el actual proceso electoral.
Las planillas respecto de las que se formularon agravios fueron las relativas a: Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Comonfort, Coroneo, Cortazar, Cuerámaro, Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato, Huanímaro, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Romita, Salamanca, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Tarandacuao, Valle de Santiago, Villagrán, Xichú y Yuriria.
De los expedientes presentados por el impugnante, las personas integrantes del Pleno consideraron que, de las irregularidades resaltadas en los expedientes no resultaron sustanciales ni suficientes para lograr su pretensión de revocar el registro de las candidaturas impugnadas, pues se estimó que no se vulneró la certeza que la responsable debía tener respecto del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de quienes solicitaron su registro de candidatura y que además, esa certeza se traslada a la ciudadanía votante.
En consecuencia, el Pleno de este organismo jurisdiccional confirmó el acuerdo impugnado».
LT